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Bonificaciones No habituales

May 25, 2011 | Institucional

A partir del próximo 1 de junio y en cumplimiento de la Ley 1393 de 2010 (referente a cotizaciones y aportes al Sistema General de Seguridad Social), el rector de la UNAB, Alberto Montoya Puyana, determinó que todo pago no laboral que se genere por un servicio que tenga relación directa con la actividad originalmente contratada, se pagará por nómina mediante el concepto de Bonificación No Habitual.

Con este procedimiento se da aplicación al Artículo 30 de la mencionada Ley 1393, que reglamenta que los pagos laborales no constitutivos de salario no podrán superar el 40 por ciento del total de la remuneración de los empleados.

En los casos en que se supere el 40 por ciento, el excedente es ingreso base para calcular aportes a la Seguridad Social, explicó.

El rector Montoya Puyana anunció que los pagos generados por servicios diferentes a la función principal contratada con el empleado, como son los  casos de docencia en posgrados, educación continua y consultoría, docencia virtual, participación en proyectos especiales, etcétera, se cancelarán con cheque cursando el proceso de Pagos a terceros, el cual es responsabilidad de los jefes de las unidades académicas y/o administrativas.

 

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