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Días compensatorios para empleados por jornadas electorales de Consejos de Juventud y consultas Populares Interpartidistas 2025

Oct 31, 2025 | Gestión Humana

Con ocasión de las jornadas electorales de Consejos de Juventud, realizada el 19 de octubre de 2025, y Consultas Populares Interpartidistas, realizadas el 26 de octubre de 2025, la Universidad Autónoma de Bucaramanga (UNAB) informa la aplicación de los días compensatorios de descanso remunerado para quienes ejercieron el derecho a votar y para quienes actuaron como jurados de votación.

Las fechas para el disfrute de este derecho se contemplan así:

  • Votantes: Podrán solicitar medio día de descanso compensatorio. En este caso se deberá disfrutar el descanso dentro del mes siguiente al día de votación. Este beneficio aplica únicamente para los votantes en la jornada electoral de los Consejos de Juventud, realizada el 19 de octubre de 2025.  La Registraduría Nacional del Estado Civil, informó que las votaciones realizadas el 26 de octubre para las Consultas Populares Interpartidistas, no son consideradas unas elecciones ordinarias, por tanto, se trató de un ejercicio interno realizado por un partido o movimiento político, y es por esta razón, que aquellos que acudieron a las urnas no recibieron un certificado electoral y por ende no aplica en este caso el medio día de descanso compensatorio como votantes.
    • Jurados de votación: El descanso compensatorio corresponde a un día, beneficio NO ACUMULABLE con el ejercicio de votante. El disfrute del descanso se deberá realizar dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes al día de la votación, se debe tomar el día completo sin fraccionar el tiempo de disfrute.
    EleccionesFecha límite para el descanso de votantesFecha límite para el descanso de jurados de votación y votaron (*)
    Consejos de Juventud – 19 de octubre 202520 de noviembre de 202526 de diciembre de 2026 (no se cuentan los sábados como hábiles)
    Consulta Interpartidista –26.10.2025  NO APLICA2 de enero de 2026 (no se cuentan los sábados como hábiles)

    (*) Por fallo C-1005 de 2007 de la Corte Constitucional, no se acumulan los beneficios.

    Dadas las circunstancias ya advertidas en cuanto a que algunos tiempos interfieren con el señalado para las vacaciones colectivas de la UNAB,  los descansos compensatorios deberán ser acordados con los jefes inmediatos, antes de la fecha de inicio de las vacaciones colectivas, para evitar eventuales caducidades de estos derechos y de tal manera que no se vea afectado el servicio prestado en cada una de las dependencias.

    Los permisos deben ser reportados con copia del certificado electoral o de la constancia sobre la prestación del servicio como jurado de votación, según corresponda, utilizando el formato de Reporte de licencias o permisos GTH02-12-FO-01 Versión 7, que puede ser ubicado en la siguiente ruta: MiPortalU/Aseguramiento de la Calidad/Suite Visión Empresarial/Buscar documentos.

    El formato debe ser remitido con la firma del jefe inmediato de forma electrónica al correo permisos@unab.edu.co  y por tratarse de máximo un día, no requieren la firma de la Directora de Gestión Humana.

    Los profesores cátedra gozarán del beneficio para lo cual se sugiere acordar previamente con los jefes inmediatos el plan de actividades a desarrollar en las horas de clase programadas con los estudiantes durante su ausencia.