Seleccionar página

Centro de Conciliación y Consultorio Jurídico

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, viene operando desde hace veintidos años,  toda vez que mediante Res. 3245 Diciembre 19 de 1992 Ministerio de Justicia se autorizó su creación y funcionamiento. Mediante la Resolución 0749 de 18 de mayo de 2004 Ministerio del Interior y de Justicia se autorizó la adecuación a nuevas exigencias establecidas por la ley 640 de 2001.

El Centro de Conciliación,  es una unidad  adscrita al Consultorio Jurídico de la  Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Bucaramanga – UNAB, que de conformidad con lo dispuesto en normas constitucionales, legales y reglamentarias cumple una función pública, autorizada por el Ministerio de Justicia  y del Derecho, coadyuva a la administración de justicia y presta a los conciliadores los recursos logísticos, físicos, técnicos y financieros necesarios para el desarrollo del procedimiento conciliatorio. Es un administrador y prestador de servicios.

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la  Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Bucaramanga – UNAB fue seleccionado por el Ministerio de Justicia y del Derecho para participar junto con aproximadamente 400 Centros de Conciliación del país en la redacción de una Norma Técnica de Calidad para establecer los requisitos generales del Servicio de Conciliación y Arbitraje, con el acompañamiento del ICONTEC, creándose la Norma Técnica Colombiana NTC 5906:2012, que fue  implementada en el Centro de Conciliación en el año 2013, con una vigencia inicial de tres años, que se ha venido renovando y está vigente a  la fecha.

Locación

Carrera 12 No. 34-43

Teléfonos

642 50 45 – 642 41 76

Horarios de atención

  • Lunes a jueves de 7:30 a.m. a 3:00 p.m.
  • Viernes de 7:30 a.m. a 12:30 m. 

Para acceder a los servicios de asesoría jurídica, tenga en cuenta los siguientes pasos:

I

Diligenciar el siguiente formulario con sus datos personales e información correspondiente. Deberá deberá adjuntar una imagen de un recibo de servicio público (agua, luz, gas), además de las imágenes de los documentos que considere relevantes para poder dar un concepto o asesoría.

I

Si tiene dudas, por favor ingrese a la sala virtual para recibir soporte.

Para mayor información al correo consultoriojuridico@unab.edu.co

Misión

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico del programa de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Bucaramanga UNAB, tendrá por misión prestar atención jurídica a las personas destinatarias de los servicios del consultorio jurídico UNAB mediante el uso y aplicación de la Conciliación como Método de Solución de Conflictos, contribuyendo así a la solución pacífica de controversias, orientando su labor en la concertación de acuerdos en derecho y procurando el acceso a la justicia de la población destinataria de sus servicios.

Acuerdo N° 111 (julio 30 de 2020)

Visión

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico del programa de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Bucaramanga UNAB, será un referente en la comunidad por el ejercicio legítimo de los derechos de la población destinataria de sus servicios, ofreciendo alternativas para la solución de controversias a través de la aplicación de la conciliación y consolidando alianzas estratégicas para la promoción del mecanismo de la conciliación.

Acuerdo N° 111 (julio 30 de 2020)

Beneficiarios del Centro de Conciliación

De acuerdo con la ley, los servicios gratuitos del Centro de Conciliación están dirigidos a personas de escasos recursos económicos o en condiciones de vulnerabilidad o indefensión, para atender audiencias de conciliación, en asuntos de competencia de Consultorios Jurídicos de Instituciones de Educación Superior, previo estudio económico.

Requisitos para acceder a los servicios

  1. Solicitar asesoría presencial en la carrera 12 No. 34-43 de Bucaramanga o diligenciar el formulario dispuesto en la pagina web. 
  2. Presentar copia de recibo de un servicio público del lugar de residencia del usuario, para acreditar estrato.   
  3. Pertenecer a los estratos 1,2, 3 y condiciones de vulnerabilidad e indefensión. 
  4. Para estratos 4, 5 y 6 suministrar información financiera y socioeconómica, junto a condiciones de vulnerabilidad, para determinar acceso al servicio. 
  5. Presentar la documentación necesaria sobre el asunto de materia de la conciliación.

Asuntos que se tramitan

1. Conciliaciones en materia civil y comercial en asuntos hasta 50 SMLMV: 

  • Terminación de contratos de arrendamientos, pago de cánones, servicios públicos, reparaciones y cuotas de administración. 
  • Pago de deudas contenidas en cheques, letras de cambio, pagarés, facturas, etc.
  • Resolución e incumplimiento de contratos de compraventa de inmuebles.
  • Pago de perjuicios derivados de accidentes de tránsito.
  • Obligaciones por responsabilidades civiles, contractuales y extracontractuales. 
  • Perturbación a la tenencia y posesión de bienes muebles e inmuebles. 
  • Perturbación al uso de servidumbres.
  • Controversias de convivencias entre vecinos. 
  • Controversias sobre establecimientos de comercio. 
  • Otros. 

2. Conciliaciones en materia de familia. Todo asunto no prohibido conciliar por la ley, como:

  • Fijación, aumento, disminución y exoneración de alimentos, oferta y cobro de cuotas alimentarias.
  • Separación de bienes y de domicilio de los cónyuges de mutuo acuerdo. 
  • Permisos de menores de edad para salir del país de mutuo acuerdo.  
  • Custodia, cuidado personal y visitas de menores de edad. 
  • Protección legal con personas con discapacidad, mayores de edad. 
  • Otros.

      3. En materia penal. Conciliaciones pre-procesales de competencia de las fiscalías locales, grupo de delitos querellables, entre ellos:

      • Lesiones personales culposas.
      • Abuso de autoridad. 
      • Revaluación de secreto. 
      • Utilización indebida de información.
      • Lesiones personales con perturbación funcional transitoria. 
      • Abuso de confianza.
      • Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito.
      • Usurpación de aguas. 
      • Invasión de tierras o edificaciones, en cuantía hasta de 150 SMLMV.
      • Violación de derechos de reunión y asociación. 
      • Injuria y calumnia 
      • Otros.

      Conoce nuestros espacios:

      Ir al contenido