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Cómo trasladarse de EPS o Fondo de Pensión

May 18, 2018 | Institucional

  1. Solicitar al asesor comercial de la EPS copia del formulario de traslado y verificar que tenga fecha de radicación.
  2. Hacer entrega de una copia del formulario de traslado con el respectivo radicado de la entidad a Gestión Humana para iniciar el trámite de reporte del cambio en la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA).
  3. Si usted se encuentra vinculado laboralmente en otras empresas, deberá realizar un formulario de traslado por cada empresa.

Traslado de EPS

Para efectuar traslados de EPS es importante tener en cuenta:

  • Que el afiliado y sus beneficiarios hayan cumplido mínimo 12 meses de servicio en la misma entidad.
  • Al momento del traslado el cotizante y sus beneficiarios NO pueden estar hospitalizados en una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS).
  • El tiempo estimado del trámite de traslado de EPS es de 30 días dependiendo del calendario y/o fechas de corte de cada entidad.
  • Si el trámite para el cambio se realiza entre los primeros 5 días calendario del mes, este será efectivo el mes siguiente. Si se realiza después del quinto día calendario del mes, será efectivo a los dos meses siguientes.
  • Desde el 15 de marzo se encuentra habilitado el nuevo portal del Ministerio de Salud donde podrá hacer su traslado de EPS de manera virtual. Para comenzar el proceso via online ingrese aquí.

* Para facilitar este trámite sugerimos consultar este video.

* Recuerde inscribir en la solicitud de traslado a todo su núcleo familiar.

Traslado de Fondo de Pensión o Régimen de Pensión:

Para traslados entre régimen pensional, es decir, de fondos privados de pensión a Colpensiones o viceversa, deberá realizar la doble asesoría.

Entérese bien de lo que más le conviene antes de tomar una decisión y hágalo de manera informada y adecuada. Tenga en cuenta que cada caso particular cuenta con situaciones y condiciones diferentes.

El afiliado podrá cambiar de régimen antes de cumplir la edad permitida de la siguiente manera:

  • Mujeres antes de haber cumplido 47 años
  • Hombres antes de haber cumplido 52 años.

* El afiliado se puede pasar de un régimen a otro siempre y cuando haya permanecido como mínimo 5 años en el régimen del cual quiere salir. Si el traslado es entre fondos privados el tiempo mínimo de permanencia es de 6 meses.

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