Seleccionar página

Vendedores de minutos para celular reclaman el derecho a trabajar

Ago 1, 2006 | Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Artes

Por Viviana Andrea Vega
vvega@unab.edu.co

Una reforma a cuatro artículos del Código Penal, mediante la Ley 1032 de junio 22 de 2006,  intensificó el debate sobre la reventa de minutos de celular.

Los ‘minuteros’, nombre con el que comúnmente se les conoce, manifiestan estar cansados de la situación indefinida de persecución y permisividad que se da a esta forma de trabajo. Ellos sostienen que éste es su único medio de subsistencia y quieren defender sus derechos, por encima de todo.

La ponencia de la ley fue presentada por los senadores Mauricio Pimiento, Andrés González y Ciro Ramírez, y está relacionada con la prestación, acceso o uso legal de los servicios de telecomunicaciones y establece en qué casos se infringe la norma y cuáles son las sanciones. (Ver recuadro)

Debido a una interpretación errónea de la información, con el aliciente de los continuos decomisos por parte de la policía, los ‘minuteros’ entraron en pánico y comenzaron a revelarse en contra de la norma, con marchas de protesta en las que reclamaban que el Presidente de la República no sancionara esa ley que aprobó el Congreso. 

Esta crisis en Santander

En Bucaramanga, alrededor de 4.000 familias sobreviven con este negocio, de acuerdo con datos de la Asociación de Minuteros de Santander, Asominutos. Ellos decidieron asociarse para amparar su derecho al trabajo por vías legales y efectivas.

La Asociación le propone al Gobierno la legalización al estar en una institución y no como individuos aislados, sin reconocimiento. Esto no significa que ellos se consideren ilegales. Por el contrario, la presidenta de la asociación, Eletty Ortiz Suárez, afirma que ellos son tan legales como cualquiera. “En la factura existe un IVA del 20% que nosotros pagamos. Incluso, somos los más cumplidos a la hora de pagarle a los operadores”, agrega.

Esta organización ha protestado en varias ocasiones por las principales calles de Bucaramanga. Las demandas de los que han alzado sus voces señalan su condición de desempleados, que recurren a esta actividad para su subsistencia. Entre los manifestantes han estado madres cabeza de familia, discapacitados y jóvenes.

Referente a estos últimos, la directora de la Asociación dice que “algunos de ellos salen del bachillerato y no encuentran un empleo. Entonces es mejor que los muchachos estén trabajando honradamente, vendiendo minutos, a que estén en malas compañías”.
Así, demandan del presidente Álvaro Uribe, la nueva ministra de Comunicaciones, María del Rosario Guerra de la Espriella, y de las autoridades locales, una solución efectiva a sus problemas.

Con el miedo de perder

Según Ortiz Suárez, la ganancia promedio de un revendedor de minutos es de 280.000 a 300.000 pesos mensuales. Pero el trabajo no es sólo decir “¿va a llamar?”, es vivir tras la trinchera, alerta para no perder los implementos de trabajo.

 “Se acerca alguien y uno con miedo de que le vayan a decomisar los celulares, porque a veces llegan personas de la Sijin vestidas de civil. Uno se da cuenta es cuando le quitan los celulares”, dice Ortiz Suárez.

Durante los últimos dos años, 37.000 equipos celulares han sido incautados en Bucaramanga, según cifras de la Policía. La ex ministra de Comunicaciones, Martha Pinto de Hart había dicho en junio pasado que: "El decomiso de celulares se ha venido dando desde el año 2003, en aplicación de las disposiciones previstas en la ley 418 de 1997, que consagró instrumentos para la búsqueda de convivencia y eficacia de la justicia”.

De este modo, los decomisos quedan justificados bajo el artículo 99 de la mencionada ley, el cual dice que “todos los equipos de comunicaciones que utilizan el espectro electromagnético son de uso personal e intransferible, excepto los equipos de radiodifusión sonora y televisión”.

Los revendedores de minutos, asesorados legalmente por abogados como Gabriel Jurado Parra, opinan que la medida es inadecuada para la situación actual y que decomisos son injustos mientras no existan leyes apropiadas para la situación actual de las telecomunicaciones.

En una carta enviada a la ministra, el senador liberal, Luis Fernando Velasco Chávez, declaró que los decomisos eran arbitrarios, ya que están basados en medidas de 1990, mientras que la telefonía móvil inició en 1994.

“Esas normas fueron diseñadas para regular las telecomunicaciones entre los actores del conflicto armado y no aplican para la telefonía móvil”, aseguró Velasco Chávez en diálogo telefónico con 15. También explicó que “en un país donde se promueve un acuerdo que retira restricciones comerciales, es injusto que se cierren las puertas a las personas que quieren trabajar”, señaló Velasco Chávez.

El senador Velasco Chávez está apoyando a las distintas organizaciones que luchan por arreglar su situación legal porque considera que “es infame arrebatar los empleos de muchos colombianos sólo porque existen intereses económicos de empresas que quieren que los únicos que puedan vender minutos sean los que hayan comprado la franquicia”.

Su principal movimiento a favor de los minuteros es un proyecto de ley en el cual se modificaría la Ley de Orden Público que permite los decomisos. La modificación a la norma consistiría en  incluir en el texto que la venta de minutos es totalmente legal.

La interpretación real de la Ley

“La venta de minutos es un problema social, no policial”. Así se manifestaron los ‘minuteros’ en una de sus protestas, porque consideran que su trabajo es sólo una consecuencia del desempleo que se vive en Colombia. Para el senador Velasco Chávez, “la reventa de minutos denuncia problemas en la economía, que no ha podido establecer empleos suficientes para la población”.

Además, los ‘minuteros’ reclaman porque consideran injusta la persecución de la que son objeto, porque los verdaderos delincuentes son los que clonan las SIM Card. “Nos tratan como si fuéramos delincuentes, cuando los que sí se merecen ese título venden minutos a un costo irreal, sólo porque ellos se los roban a los operadores”, asegura Ortiz Suárez.

Frente a la ley que sancionó el Presidente en junio pasado, el senador Velasco Chávez menciona que lo aprobado realmente, es el robo de señal. Lo mencionado sobre las sanciones a los revendedores con cárcel fue una interpretación errónea, que el presidente Álvaro Uribe aclaró a Caracol Noticias cuando sancionó la Ley 1032, después de recibir las quejas de los ‘minuteros’.

Sin embargo, el Ministerio de Telecomunicaciones afirma que la reventa puede ser legal, pero viola ciertas cláusulas del contrato con los operadores.

Los ‘minuteros’ buscaron también conciliar con las tres empresas operadoras del servicio de celular: Comcel, Movistar y Ola, pero éstas no han querido pronunciarse al respecto. Incluso los representantes de esas operadoras no asistieron al debate planteado en el Concejo de Bucaramanga el pasado martes 25 de julio.

Lo que dice la norma

Ley 1032 de junio 22 de 2006. Por la cual se modifican los artículos 257, 271, 272 y 306 del Código Penal.
 
El Congreso de Colombia  Decreta:
 
Artículo 1°. El artículo 257 del Código Penal quedará así:  Artículo 257. De la prestación, acceso o uso ilegales de los servicios de  telecomunicaciones. El que, sin la correspondiente autorización de la  autoridad competente, preste, acceda o use servicio de telefonía móvil,  con ánimo de lucro, mediante copia o reproducción de señales de  identificación de equipos terminales de estos servicios, o sus  derivaciones, incurrirá en prisión de cuatro (4) a diez (10) años y en multa 
de quinientos (500) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
 
En las mismas penas incurrirá el que, sin la correspondiente  autorización, preste, comercialice, acceda o use el servicio de telefonía  pública básica local, local extendida, o de larga distancia, con ánimo de  lucro. 

Iguales penas se impondrán a quien, sin la correspondiente autorización,  acceda, preste, comercialice, acceda o use red, o cualquiera de los servicios de telecomunicaciones definidos en las normas vigentes.

Parágrafo 1°. No incurrirán en las conductas tipificadas en el presente  artículo quienes, en virtud de un contrato con un operador autorizado,  comercialicen servicios de telecomunicaciones. 
Parágrafo 2°. Las conductas señaladas en el presente artículo, serán investigables.

Cifra importante

Las empresas operadoras tienen el registro de 28 millones de celulares activos en Colombia. Un millón de celulares se están vendiendo cada mes.

La Superintendencia de Industria y Comercio ha recibido en este año 67 mil quejas por la calidad del servicio de celular en el país. 

Ir al contenido